Para los españoles, porque la SGAE sigue intentando colárnosla.
Consideramos imprescindible la retirada de la disposición final primera de la Ley de Economía Sostenible por los siguientes motivos:
1 -Viola los derechos constitucionales en los que se ha de basar un estado democrático en especial la presunción de inocencia, libertad de expresión, privacidad, inviolabilidad domiciliaria, tutela judicial efectiva, libertad de mercado, protección de consumidoras y consumidores, entre otros.
2 - Genera para la Internet un estado de excepción en el cual la ciudadanía será tratada mediante procedimientos administrativos sumarísimos reservados por la Audiencia Nacional a narcotraficantes y terroristas.
3 - Establece un procedimiento punitivo “a la carta” para casos en los que los tribunales ya han manifestado que no constituían delito, implicando incluso la necesidad de modificar al menos 4 leyes, una de ellas orgánica. Esto conlleva un cambio radical en el sistema jurídico y una fuente de inseguridad para el sector de las TIC (Tecnología de la Información y la Comunicación). Recordamos, en este sentido, que el intercambio de conocimiento y cultura en la red es un motor económico importante para salir de la crisis como se ha demostrado ampliamente.
4 - Los mecanismos preventivos urgentes de los que dispone la ley y la judicatura son para proteger a toda ciudadanía frente a riesgos tan graves como los que afectan a la salud pública. El gobierno pretende utilizar estos mismos mecanismos de protección global para beneficiar intereses particulares frente a la ciudadanía. Además la normativa introducirá el concepto de "lucro indirecto", es decir: a mí me pueden cerrrar el blog porque "promociono" a uno que "promociona" a otro que linka a un tercero que hace negocios presuntamente ilícitos
5 - Recordamos que la propiedad intelectual no es un derecho fundamental contrariamente a las declaraciones del Ministro de Justicia, Francisco Caamaño. Lo que es un derecho fundamental es el derecho a la producción literaria y artística.
6 - De acuerdo con las declaraciones de la Ministra de Cultura, esta disposición se utilizará exclusivamente para cerrar 200 webs que presuntamente están atentando contra los derechos de autor. Entendemos que si éste es el objetivo de la disposición, no es necesaria, ya que con la legislación actual existen procedimientos que permiten actuar contra webs, incluso con medidas cautelares, cuando presuntamente se esté incumpliendo la legalidad. Por lo que no queda sino recelar de las verdaderas intenciones que la motivan ya que lo único que añade a la legislación actual es el hecho de dejar la ciudadanía en una situación de grave indefensión jurídica en el entorno digital.
7 - Finalmente consideramos que la propuesta del gobierno no sólo es un despilfarro de recursos sino que será absolutamente ineficaz en sus presuntos propósitos y deja patente la absoluta incapacidad por parte del ejecutivo de entender los tiempos y motores de la Era Digital.
La disposición es una concesión más a la vieja industria del entretenimiento en detrimento de los derechos fundamentales de la ciudadanía en la era digital.
La ciudadanía no puede permitir de ninguna manera que sigan los intentos de vulnerar derechos fundamentales de las personas, sin la debida tutela judicial efectiva, para proteger derechos de menor rango como la propiedad intelectual. Dicha circunstancia ya fué aclarada con el dictado de inconstitucionalidad de la ley Corcuera (o ley de patada en la puerta). El Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet, respaldado por más de 200 000 personas, ya avanzó la reacción y demandas de la ciudadanía antes la perspectiva inaceptable del gobierno.
Para impulsar un definitivo cambio de rumbo y coordinar una respuesta conjunta, el 9 de enero se ha constituido la "Red SOStenible" una plataforma representativa de todos los sectores sociedad civil afectados. El objetivo es iniciar una ofensiva para garantizar una regulación del entorno digital que permita expresar todo el potencial de la Red y de la creación cultural respetando las libertades fundamentales.
En este sentido, reconocemos como referencia para el desarrollo de la era digital, la Carta para la innovación, la creatividad y el acceso al conocimiento, un documento de síntesis elaborado por más de 100 expertos de 20 países que recoge los principios legales fundamentales que deben inspirar este nuevo horizonte.
En particular, consideramos que en estos momentos es especialmente urgentes la implementación por parte de gobiernos e instituciones competentes, de los siguientes aspectos recogidos en la Carta:
1 - Las/os artistas como todos los trabajadores tienen que poder vivir de su trabajo (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo B. "Estímulo de la creatividad y la innovación", de la Carta);
2 - La sociedad necesita para su desarrollo de una red abierta y libre (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo D "Acceso a las infraestructuras tecnológicas", de la Carta);
3 - El derecho a cita y el derecho a compartir tienen que ser potenciado y no limitado como fundamento de toda posibilidad de información y constitutivo de todo conocimiento (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo A "Derechos en un contexto digital", de la Carta);
4 - La ciudadanía debe poder disfrutar libremente de los derechos exclusivos de los bienes públicos que se pagan con su dinero, con el dinero publico (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo C "Conocimiento común y dominio público", de la Carta);
5 -Consideramos necesaria una reforma en profundidad del sistema de las entidades de gestión y la abolición del canon digital (referencia punto 2 "Demandas legales", párrafo B. "Estímulo de la creatividad y la innovación", de la Carta).
Por todo ello hoy se inicia la campaña INTERNET NO SERA OTRA TELE y se llevarán a cabo diversas acciones ciudadanas durante todo el periodo de la presidencia española de la UE.
Consideramos particularmente importantes en el calendario de la presidencia de turno española el II Congreso de Economía de la Cultura (29 y 30 de marzo en Barcelona), Reunión Informal de ministros de Cultura (30 y 31 de marzo en Barcelona) y la reunión de ministros de Telecomunicaciones (18 a 20 de abril en Granada).
La Red tiene previsto reunirse con representantes nacionales e internacionales de partidos políticos, representantes de la cultura y legaciones diplomáticas.
Firmado Red SOStenible
http://Red-SOStenible.net/colabora/
La Red Sostenible somos todo. Si quieres adherirte a este texto, cópialo, blogguéalo, difúndelo.
El texto original (http://Red-SOStenible.net) tiene enlaces que corroboran lo que dice en cada parte.

Se veía venir. Convierten la propiedad intelectual (que tiene que ver con el lucro) en un derecho fundamental, para lo cual tienen que modificar hasta una ley orgánica, eliminan la tutela efectiva del juez predeterminado por ley quedando todo en manos de un tribunal digamos más "manejable", introducen el llamado "lucro indirecto" etc. etc. etc.
Recomiendo esta lectura:
Propiedad intelectual, ya, claro...
La pregunta que nadie responde es... ¿Qué ***** tiene que ver esa ley con una economía sostenible? Tal vez se refieren a que hay que sostener económicamente a patanes que sueltan lindezas como esta.
Propiedad intelectual, ya, claro...
La pregunta que nadie responde es... ¿Qué ***** tiene que ver esa ley con una economía sostenible? Tal vez se refieren a que hay que sostener económicamente a patanes que sueltan lindezas como esta.
Una imagen vale más que mil palabras.
Aquí las "mil palabras"
http://www.elpais.com/articulo/opinion/Derechos/autor/ahora/elpepiopi/20...
Aquí las "mil palabras"
http://www.elpais.com/articulo/opinion/Derechos/autor/ahora/elpepiopi/20100127elpepiopi_4/Tes
Totalmente de acuerdo. Del punto a la coma.
Sé que esta entrada es algo antigua. Pero es que la noticia creo que lo merece...
La Red P2P es legal.
Y no lo digo yo, lo dice D. Raúl N. García Orejudo, Magistrado titular del Juzgado Mercantil nº 7 de Barcelona. Y el Auto tiene perlitas como estas:
"Partiendo de aquí, y en materia de reproducción, como se indicó en sede de medidas, se ha de tener en cuenta el límite recogido en el artículo 31.2 de la LPI, pues las obras que circulan en el gran almacén que constituye Internet generalmente ya se han divulgado, por persona física para uso privado con un acceso legal (pues la red P2P es legal) y la copia no es objeto de una utilización colectiva, ni tampoco lucrativa, pues estas 2 expresiones se refieren a la posterior utilización que se hace de la obra una vez descargada, una vez obtenida la copia."
"el art. 31.2 [...] exige que la copia privada se haga a partir de obras a las que se ha accedido legalmente, poniendo así el acento en la nota de licitud o legalidad del acceso y no en la licitud o legalidad de la fuente. En el marco de las redes P2P resulta dudoso y complejo el examen en cada caso de la legalidad de la fuente. Pero esto no es la exigencia de la Ley de Propiedad Intelectual, que habla de legalidad del acceso y no de la fuente, de tal manera que la mayoría de los usuarios de estas redes acceden legalmente a la obra, por cuanto han celebrado un contrato lícito y válido a cambio de un precio con un prestador de servicios de la red."
"Sin duda que mediante las redes P2P se produce una puesta a disposición del público de obras sin previa distribución de ejemplares y, al menos, potencialmente, aunque no se haga una efectiva bajada por parte de otros usuarios. Y este comportamiento puede ir en muchos casos encaminado a una pluralidad de personas. Sin embargo, de nuevo, el tipo legal no encaja exactamente y en todos los casos con el comportamiento de los usuarios de tales redes, puesto que, por un lado, en la mayoría de los casos el usuario tiene como única intención descargar un archivo desconociendo si de la parte de ese archivo que tiene descargada en una parte del disco duro de su ordenador se están descargando a su vez otro usuario o una pluralidad de usuarios. Puede ser perfectamente posible que el intercambio de archivo sea con una única persona o con un escaso número de personas. También es perfectamente posible que el sistema permita al usuario el impedir la subida de datos desde su equipo, aunque realice descargas al mismo tiempo o que le propio usuario elimine de su disco duro las obras que podrían ser objeto de descargas por otros usuarios."
"En definitiva, no hay que olvidar que se trata de un mero intercambio de archivos entre particulares, sin ánimo de lucro directo o indirecto"
Que quede claro que todos teníamos claro que esto era así, bueno, todos menos los de la SGAE y demás crápulas. Así que esto se puede considerar un ¡Zas, en toda la boca! de los que hacen historia.

Y tuvo que llegar Eduard Punset...
http://www.elconfidencial.com/tecnologia/punset-minsitro-cultura-2010033...
Punset 1, Sinde 0.
(Aunque no sirva de mucho, el mal rato que tuvo que pasar la ministra escuchando a Punset bien merece un aplauso).
El polifacético pensador ... afirmó ante la ministra que sería fácil que el Gobierno cayera en la tentación de adueñarse del contenido de la red. El pensador puso un ejemplo tan gráfico como demoledor: "pretendimos controlar primero a las mujeres, hasta que nos dimos cuenta de que no eran nuestras".En todo la boca a la cejera de cuota. Y la ilustrísima aplaudiendo.